La ley establece que la empresa debe pagar el finiquito cuando hace entrega al trabajador del documento que lo finiquita. Esto por norma general ocurre cuando se termina la relación laboral entre ambas partes. Además, el trabajador podría decidir no firmar el finiquito por cualquier otro motivo que considere oportuno. 

Cuanto tiempo tiene la empresa para darme el finiquito: guía definitiva

🟩 Pero antes de seguir explicando más cuestiones sobre este tema, debemos entender que es el finiquito:

El finiquito es la cantidad de dinero que una empresa debe pagar a un empleado cuando finaliza la relación laboral entre ambas partes. Se trata del dinero pendiente de pagar por conceptos como las vacaciones no disfrutadas, días trabajados en el mes en curso o partes de las pagas prorrateadas, etc… 

Me pertenece finiquito si me voy de la empresa

Definitivamente sí, el finiquito no es una indemnización, sino es el pago de las cuantías faltantes a la hora de finalizar un contrato, es decir, todo lo que el trabajador debería haber cobrado y no lo hizo, como pueden ser las vacaciones no disfrutadas. Es por ello que el finiquito no se puede negar aunque se rompa el contrato de forma voluntaria por el empleado.

Eso sí, en los casos en los que son los empleados los que finalizan la relación laboral de manera voluntaria, existe la obligación de preavisar al empleador. Este preaviso es lo que hace que el empresario pueda tener preparada la cantidad de dinero que le debe al trabajador para dársela el último día de trabajo. Si el empleado no preavisa, la empresa, normalmente, no podrá crear el finiquito en el momento. Por tanto, en estos casos, deberá simplemente aportarlos lo antes que pueda.

¿Qué tiempo tiene la empresa para abonar el finiquito?

Como explicábamos al principio de esta guía sobre el finiquito, debemos saber que las empresas deberán entregar el finiquito si resulta, cuando la relación laboral se rompe entre ambas partes. Cabe destacar que algunas empresas suelen esperar a la entrega de nóminas mensuales en su conjunto para entregar el finiquito. Esta práctica puede ser un tanto controvertida si de un despido se tratase, ya que muchas veces pueden hacerlo con el objetivo de que al empleado se le agote el plazo de reclamar en la jurisdicción social el despido. La actuación común es aportar al empleado la carta de despido y decirles que para el finiquito, esperen la llamada. Esa llamada se produce después de 20 días hábiles, ya que es el plazo que el trabajador tenía para demandar el despido. Es decir, 20 días sin contar fines de semana ni festivos.

¿Puedo rechazarlo si no estoy conforme?

El finiquito podrá ser impugnado por el trabajador si no está de acuerdo con las cantidades que en él aparecen, es decir podrá no firmar el documento si lo considera invalido. En este caso, se presentará igualmente una papeleta de conciliación, seguida de una demanda por lo Social. El plazo, al igual que en la reclamación íntegra del finiquito, es de un año.

Además, cuando una empresa se reúne con el trabajador para firmar y finiquitarlo, el empleado tendrá derecho a que haya un representante de los trabajadores presente en el momento para que pueda ser asesorado. En estos casos, se señalará en el documento la presencia de dicho representante. Si la empresa no permite que esta figura jurídica esté presente, el trabajador podrá hacerlo constar en el documento del abono del finiquito.

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