Se podrá solicitar la recuperación de hasta cinco años de periodos de prácticas o programas de formación investigadora como cotizados de cara al cómputo para la jubilación desde el 1 de junio.

Los periodos de prácticas para la jubilación podrán recuperarse oficialmente a partir del 1 de junio. Desde esa fecha, será posible solicitar la recuperación de hasta cinco años de periodos de prácticas o programas de formación investigadora para su cómputo como años cotizados para la jubilación. La nueva orden, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece el reglamento que permite esta posibilidad, la cual entrará en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación, es decir, el 1 de junio.

Los periodos de prácticas para la jubilación podrán recuperarse oficialmente a partir del 1 de junio. Desde esa fecha, será posible solicitar la recuperación de hasta cinco años de periodos de prácticas o programas de formación investigadora para su cómputo como años cotizados para la jubilación. La nueva orden, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece el reglamento que permite esta posibilidad, la cual entrará en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación, es decir, el 1 de junio.

Te mostramos todos los puntos clave para la recuperación de las prácticas a efectos de la jubilación con esta pequeña guía de preguntas frecuentes.

Periodos de prácticas recuperables para la jubilación

Las prácticas no remuneradas deberán haberse producido antes del 1 de enero de 2024 y, en el caso de las prácticas remuneradas, antes del 1 de noviembre de 2011 sin límite de antigüedad.

Base de cotización para las prácticas recuperables

La base de cotización de este convenio especial será la mínima de cotización por contingencias comunes correspondiente al grupo 7, a la que se aplicará un coeficiente reductor del 0,77, algo menos de 290 euros por cada mes recuperado.

¿La recuperación de las prácticas antiguas para el cómputo de la jubilación es gratis?

La persona solicitante deberá aportar la base de cotización por cada mes que desee recuperar, establecida en 290 euros por mes de práctica que se quiera recuperar. La Seguridad Social ofrece dos formas de pago. En primer lugar, está la forma de pago única, mediante la cual el interesado pagará de una sola vez el total de meses que desee recuperar. Es importante recordar que se establece un máximo de 5 años recuperables. Por otro lado, se podrá optar por un fraccionamiento acordado, lo que facilita su pago. Por ejemplo, una persona que desee recuperar 1 año de prácticas para la jubilación deberá aportar un total de 290 euros multiplicado por 12 meses, es decir, 3.480 euros.

¿Qué coberturas tiene la recuperación de los periodos de prácticas?

La cotización por los periodos de prácticas reconocidos en este convenio especial, tendrá por objeto la cobertura de las prestaciones de jubilación y de incapacidad permanente y muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes.

Plazo para solicitar las recuperación de prácticas a efectos de cotización a la Seguridad Social

Se ha establecido un plazo máximo de dos años para formalizar la presentación desde la publicación de la orden. Por tanto, como tarde, habría que realizar el trámite entre finales de abril o principio de mayo de 2026. La recuperación podrá realizarse suscribiéndose a un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Requisitos para solicitar la recuperación de las prácticas para la jubilación

Además del pago mencionado por cada mes que se quiera recuperar de las prácticas realizadas, el solicitante deberá aportar un justificante de los meses que desea recuperar. Este justificante podrá ser entregado por los propios centros de formación.

¿Qué prácticas son recuperables para el cómputo de la jubilación?

La medida beneficia a antiguos alumnos universitarios; antiguos alumnos de formación profesional (salvo cuando las prácticas se hubieran prestado en el régimen de formación profesional intensiva), así como antiguos alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.

También a aquellos graduados universitarios que, a través de estudios oficiales de doctorado, hubieran participado antes del 4/02/2006 (fecha de entrada en vigor el Estatuto de Personal Investigador en Formación) en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

¿Cómo solicitar el reconocimiento de las prácticas a efectos de Jubilación?

Si quieres solicitar el reconocimiento de las prácticas ya realizadas para que estas cuenten como años cotizados en la Seguridad Social, deberás esperar a la apertura del trámite en la fecha establecida. Una vez se abra el procedimiento de reconocimiento de recuperación de prácticas, podrás realizar el trámite a través del Registro electrónico de la Seguridad Social o por otros medios telemáticos establecidos. La documentación acreditativa debe presentarse junto con la solicitud. Recuerda que el reconocimiento de las prácticas a efectos de la jubilación tendrá un coste de 290 euros por cada mes que se quiera recuperar a efectos de cotización.

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