Reciente son muchísimas personas las que han recibido un mensaje por parte de la seguridad social, en el que se les solicita que estén dado de alta como demandante de empleo en el caso de que no lo este.

Esto es debido a que anteriormente las renovaciones de la demanda de empleo o inscripción como demandante de empleo se realizaban automáticamente, en algunos casos esto ya dejó de ser así y ahora muchas personas olvidaron sellar el cartón del paro o directamente alguno de la unidad familiar no consta como demandante de empleo, este es un requisito indispensable para recibir el ingreso mínimo vital y la causa por la cuál se puede perder inmediatamente.

Imv y demandante de empleo

Muchas personas han olvidado este requisito, puesto que en momentos de pandemia se suspendió la renovación manual y pasaron a ser automáticas, pero como pueden ver en los mensajes que la seguridad social están mandando, si no es demandante de empleo se le suspenderá el imv automáticamente.

Como recupero el imv si olvide inscribirme o renovar la demanda de empleo

La seguridad social lo deja claro, si olvidó renovar o inscribirse como demandante de empleo y recibe el pago, tenga cuidado por qué puede ser un pago indebido y probablemente tenga que devolverlo, de no recibir el pago no se asuste, es totalmente normal, incumplió la norma fundamental que no es otra que mantenerse dado de alta como demandante de empleo usted y todos los que conforman la unidad familiar.

De igual forma si se le suspendió el pago del ingreso mínimo vital, usted lo volverá a recibir automáticamente el día 1 del siguiente mes al que usted renueve o se de alta como demandante de empleo, lo que es igual se le penalizará ese mes sin cobrar dicha prestación.

Quien no tiene obligación de estar como demandante de empleo en la unidad familiar para cobrar el imv

La seguridad social obliga en todo caso a ser demandante de empleo a toda la unidad familiar que perciba el ingreso mínimo vital, excepto alguno de los siguientes casos en cuyo lugar tendrá que informar a la seguridad social de la siguiente forma.

No tienen obligación de ser demandante de empleo :

✔️ Las personas que cursen estudios reglados y sean menores de 28 años , en cuyo caso solo deberán ser inscrito como demandante de empleo en el plazo de 6 meses después de cumplir los 28 años

✔️Tener subscrito el convenio especial regulado en real decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la seguridad social de las personas cuidadoras de personas en situación de dependencia.

Si esta en alguna de estas situaciones deberá informar a la seguridad social inmediatamente.

Imv demandante de empleo

Si quiere ver todo lo que se considera infracción y lo que debes siempre de avisar a la seguridad social ante cualquier cambio de requisitos le aconsejamos se lea Legislación consolidada IMV.

Tipos de sanciones del IMV

La seguridad social lo deja claro, no llevar a cabo los procedimientos que exige el imv, tendrán sanción.

📝Las infracciones leves del imv serán sancionadas con el apercibimiento de la persona infractora.

📝Las infracciones graves se sancionarán con la pérdida de la prestación por un periodo de hasta tres meses.

📝Atención por qué si cuando las infracciones diesen lugar a la extinción del derecho, la sanción consistirá en el deber de ingresar seis mensualidades de la prestación

Infracciones muy graves con suspensión del imv :

a) El falseamiento en la declaración de ingresos o patrimonio.

b) La ocultación fraudulenta de cambios sustanciales que pudieran dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación.

c) Cualquier otra actuación o situación fraudulenta que de lugar al acceso indebido a la prestación, mantenimiento indebido del derecho a la prestación o aumento indebido de su importe.

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Mensaje seguridad social Imv y demandante de empleo ( todo lo que debes saber)
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3 pensamientos en “Mensaje seguridad social Imv y demandante de empleo ( todo lo que debes saber)

  • Percibo REMISA. Y la vital. Desde hace 2 meses. Y se me pasó sellar el paro. No he contado la REMISA. ¿E quitarán también la vital ? Sancionan 1 mes. Pero yo pregunto. Las dos ayudas me la suspenden 1 mes. O solo la REMISA. ? Estoy amargada. Para una vez que cobro. Se me pasa sellar. Cobro las 2. REMISA y vital. Ya no cobre REMISA. Me quitan la vital también. ?

    1. De igual forma si se le suspendió el pago del ingreso mínimo vital, usted lo volverá a recibir automáticamente el día 1 del siguiente mes al que usted renueve o se de alta como demandante de empleo, lo que es igual se le penalizará ese mes sin cobrar dicha prestación.
      O al menos eso debería ocurrir. Si recibe el pago aún habiendo estado de baja ya sea por error en el paro. Sepa que ese mes de lo pueden reclamar como cobro indebido. Espero que la próxima vez no le vuelva a ocurrir, lo siento. Un saludo

  • Hola Maria, decirle que la web ha estado en mantenimiento y que a día de hoy podemos comprobar que ya si que funciona, realícelo desde otro movil o ordenador, ya que aveces las cookies se quedan guardadas y no permiten una visión correcta de la web. El tiempo por el cual no se te puede pasar el sellado de la demanda de desempleo : No puede pasar ni un solo dia de la fecha estimada, ya que se entiende dada de baja en el sistema de manera automática. En el IMV este atrasó puede suponer desde la suspensión de un mes en concepto de “castigo” a incluido la retirada total de la ayuda si es reiterada… a veces si son pocos dias no ocurre nada en absoluto, pero solo aveces. Le recomiendo volver a intentarlo desde otro dispositivo, y en su defecto acércate mañana por tu oficina mas cercana aunque no tengas cita, explica tu caso .. un saludo

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