🟩 El cuidado de un hijo enfermo de cáncer u otra enfermedad grave es una responsabilidad que puede generar dificultades económicas para los padres. Sin embargo, la Seguridad Social ofrece una prestación para compensar la pérdida de ingresos del progenitor que reduce su jornada laboral para cuidar al menor. En este artículo, exploráremos los detalles de esta prestación, sus novedades, requisitos y cómo solicitarla. Es importante que los padres afectados conozcan esta ayuda para poder brindar el mejor cuidado posible a sus hijos.

Prestación para el cuidado de menor con enfermedad grave

A quién va dirigida la prestación

🟦 La prestación por cuidado de un hijo enfermo de cáncer u otra enfermedad grave se dirige a progenitores, adoptantes o acogedores con un hijo que padezca alguna de las enfermedades graves contempladas en el Real Decreto 1148/2011, que ha sido objeto de mejoras recientes.

↔️ Esta prestación se otorga al progenitor que reduce su jornada laboral en al menos un 50% para cuidar al menor. Ambos padres deben estar trabajando, y el hijo enfermo debe requerir un ingreso hospitalario prolongado o tratamiento médico continuo en el domicilio, después del diagnóstico y hospitalización.

Novedades en la prestación

El gobierno ha introducido mejoras en la prestación para ampliar las situaciones protegidas y la cobertura para los afectados. Ahora, la prestación cubre a los hijos afectados hasta los 23 años (antes era hasta los 18 años). Si el grado de discapacidad del hijo es igual o superior al 65 por ciento, la prestación se puede extender hasta los 26 años.

Además, se incluyen los casos de familias monoparentales y se permite que el cónyuge o pareja de hecho del progenitor afectado también pueda beneficiarse de la prestación.

Requisitos para acceder a la prestación

Para acceder a esta prestación, ambos progenitores deben estar trabajando (o el único progenitor cuando se trate de una familia monoparental) y estar afiliados y en alta en algún régimen de la Seguridad Social o mutualidad de previsión social. Además, deben cumplir con los periodos mínimos de cotización exigibles según la edad:

  • 🟦 Menores de 21 años: no se exigen períodos mínimos de cotización.
  • 🟦 Entre 21 y 25 años: 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 días a lo largo de su vida laboral.
  • 🟦 A partir de 26 años: 180 días cotizados en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de su vida laboral.

Los trabajadores autónomos y aquellos que tengan la obligación de cotizar deben estar al corriente de pago de las cuotas.

Cuantía de la prestación

La prestación económica da cobertura sólo a uno de los progenitores. Consiste en un subsidio, de devengo diario, equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales o la derivada de contingencias comunes cuando no se haya optado por la cobertura de las contingencias profesionales. El subsidio se calcula en proporción al porcentaje en que se reduzca la jornada laboral realizada.

Gestión de la prestación

La entidad gestora encargada de la prestación es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que el trabajador tenga cubiertas las contingencias profesionales. En caso de que el trabajador no tenga la cobertura de los riesgos profesionales, la entidad gestora o mutua que cubra la incapacidad temporal por contingencias comunes se encargará de la prestación.

Duración de la prestación

🟩 El derecho a la prestación comienza el mismo día en que se inicia la reducción de la jornada laboral. La solicitud debe realizarse dentro de los siguientes tres meses. Los efectos económicos del subsidio pueden tener una retroactividad máxima de esos meses.

🟩 La prestación se reconoce inicialmente por un mes y puede prorrogarse por un periodo de dos meses. Posteriormente, se pueden tramitar periodos sucesivos de cuatro meses hasta que el beneficiario cumpla los 23 años o los 26 años si tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

🟩 La prestación se extingue por varias razones:

  • Por la incorporación plena del beneficiario al trabajo cualquiera que sea la causa que motive el cese de la reducción de jornada
  • Al dejar de ser necesario el cuidado directo, continuo y permanente del menor
  • Cuando uno de los progenitores cesa en su actividad laboral
  • Por cumplir el causante 23 años, salvo en los supuestos de ampliación de la prestación hasta los 26 años

Suspensión de la prestación

La prestación puede quedar en suspenso en situaciones como la incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, jubilación, incapacidad permanente, suspensión de la relación laboral o cuando se le reconozca al otro progenitor el derecho a la prestación.

Cómo solicitar la prestación

La solicitud de esta prestación se puede realizar de forma telemática, incluso sin disponer de métodos de identificación digital.

Si se cuenta con certificado digital o cl@ve, es posible solicitarla a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. En el mismo sitio se encuentran las instrucciones, el formulario de solicitud y los requisitos técnicos. También es posible solicitar la prestación a través de un representante que disponga de certificado digital.

Una vez completado el trámite, se recibirá un “acuse de recibo” en formato PDF. En caso de no recibir la confirmación o de experimentar algún problema técnico, se puede realizar la presentación en otro momento o utilizar otros medios. Además, es posible consultar el estado de la prestación solicitada mediante el servicio “¿Cómo va mi prestación?”.

Solicitar

La resolución de la solicitud será enviada al domicilio del interesado por parte del INSS.

ayudasepe.es

¿Cuándo se aplicará la reducción de la jornada laboral? Trabajo lo anuncia y avisa de novedades

La reducción de la jornada laboral más próxima que nunca, concretamente la jornada de 38,5 horas se aplicará desde la entrada en vigor de la ley en los

Bono Cultural Joven 2024 ” NUEVA EDICIÓN YA DISPONIBLE”

🟩 El proceso para solicitar el Bono Cultural joven 2024 ya está disponible desde este 17 de junio de 2024. El gobierno ha puesto en marcha la edición 2

Abierto el plazo para las ayudas de 200 euros a las familias que tengan hijos en 2024

El Ayuntamiento de Santander ha anunciado la apertura del plazo para solicitar ayudas de 200 euros destinadas a familias que tengan o adopten hijos durante

Así cambia la nueva Prueba de Acceso a la Universidad “PAU”

El Gobierno integra el nuevo modelo de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU), la denominación para la antigua Selectividad también llamada Evaluaci

Estados del Bono Carestía: ¿Qué significan?

En este artículo, vamos a detallar los diferentes estados de tramitación por los que pasará el Bono Carestía de la Junta de Andalucía desde que se soli

Cuándo se cobra el Bono Carestía

A solo unos días de comenzar la gestión para la asignación del “pago del Bono Carestía“, una ayuda que muy pronto verán reflejada en sus cu

Baja por Maternidad: Pasos, Requisitos y Documentación Necesaria

La baja por maternidad es un derecho fundamental para las madres trabajadoras, permitiéndoles descansar y cuidar de su recién nacido sin perder ingresos.

El Gobierno reduce a 10 las peonadas para acceder al Subsidio agrario en 2024

🟩El BOE publica este miércoles 23 de mayo de 2024 el decreto ley por el cual el Gobierno central reduce de 35 a 10 el número de peonadas necesarias p

Aprobada la Reforma del subsidio por desempleo 2024(novedades)

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha conseguido finalmente sacar adelante la reforma del subsidio por desempleo tras

Comienzan los primeros pagos del BONO TÉRMICO “Andalucía” en 2024

¿Qué día cobrarás el Bono Térmico en Andalucía en 2024? La Junta de Andalucía informa sobre los días en los que los primeros pagos del Bono Térmico

Los periodos de prácticas ya se pueden recuperar para que cuenten para la jubilación “Guía completa”

Se podrá solicitar la recuperación de hasta cinco años de periodos de prácticas o programas de formación investigadora como cotizados de cara al cómpu

Mensaje SMS: Para mantener el IMV presente la declaración de la renta ¿Qué debo hacer?

🟩 Este es el mensaje (SMS) que recibirán todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital durante la campaña de la renta: “Para mantener el Ingr

Prestación para el cuidado de menor con enfermedad grave (Novedades)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: Ayudasepe.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a Ionos que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.