El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica destinada a ayudar a las familias y personas con bajos ingresos a satisfacer sus necesidades básicas. Sin embargo, en algunos casos, los beneficiarios pueden enfrentar retrasos en el cobro de los atrasos que les corresponden. En este artículo, te explicaremos cómo adelantar el proceso de pago de estos atrasos, ya sean derivados de una actualización que sube la cuantía a su favor durante el cruce de datos o los pagos retroactivos derivados de meses no cobrados desde que solicitó el IMV hasta que se le concede. Ambos tipos de atrasos son diferentes y debemos saber diferenciarlos para reclamarlos adecuadamente.

Cuantías con retroactividad y su reclamación
Cuando una persona solicita el IMV y se le concede, tiene derecho a percibir los meses desde que presentó la solicitud hasta que esta se le es concedida. Esto se conoce como cuantías con retroactividad. Es importante que el beneficiario esté al tanto de estos atrasos y los reclame para recibir la totalidad de lo que le corresponde. La Seguridad social suele pagarlos en una sola cuantía, normalmente en los primeros meses desde que el perceptor empieza a recibir su cuantía mensual.
Atrasos por actualización anual
Uno de los factores que puede dar lugar a atrasos en el cobro del Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la actualización anual de esta prestación. Cada año, se realiza una revisión de los datos económicos y sociales de los beneficiarios, lo que puede llevar a cambios en la cuantía que reciben. Estas actualizaciones se realizan en función de la renta del año anterior y pueden resultar en diferentes escenarios para los beneficiarios.
La actualización anual del IMV y los cambios en la cuantía pueden generar atrasos en el cobro de la prestación. Cuando se produce un aumento en la cuantía, el beneficiario tiene derecho a recibir la diferencia entre lo que ha estado percibiendo hasta el momento y el nuevo valor actualizado. Por ejemplo, si en el año anterior recibía 100 euros y con la actualización su cuantía a finales de año esta aumenta a 300 euros, los atrasos generados serían 200 euros por cada mes que ha estado cobrando la cuantía anterior hasta el inicio de la nueva cuantía.
Es fundamental que los beneficiarios estén informados sobre los atrasos generados por la actualización anual del IMV y que realicen las reclamaciones correspondientes. Al hacerlo, aseguran que recibirán la totalidad de la prestación a la que tienen derecho y evitarán perder dinero que les corresponde por ley.
¿Cuando se pagan estos atrasos sin tener que reclamar?
Normalmente los atrasos se vienen cobrando todos los años entre abril y diciembre. (siendo lo más normal cobrarlo entre los meses de Mayo y Junio) Es por ello que cuando pasan esos meses de pagos a grandes escalas, los perceptores comienzan a pensar que ellos no lo cobraran, lo cierto es que si, normalmente se sigue pagando a lo largo del año.
El problema suele recidir en la gran acumulacion de trabajo que tienen estas administraciones y que genera que no se consigan hacer los cálculos para todos los perceptores al mismo tiempo. A veces la preocupación es que, su expediente haya quedado olvidado y es por ello que se le ofrece una forma de reclamar para agilizar el proceso o al menos recibir una respuesta por parte de la administración.
🟩Por experiencias de alguno de nuestros lectores, cuando realizan la reclamación suelen tener el dinero de los atrasos en no más de 3 meses.
¿Cómo reclamar los atrasos del IMV?
- 🟦 Por Internet, en el Registro Electrónico Común de la Administración (RED SARA), con certificado digital o DNI electrónico.
- 🟦 En persona, en los CAISS (Centro de Atención e Información de la Seguridad Social), al que además, deberás acudir con cita previa.
- 🟦 En cualquier oficina de Correos, enviando un correo administrativo. Así mismo deberás presentarlo en un sobre abierto dirigido a la 🟦 Dirección Provincial del INSS, dos copias del escrito de reclamación previa.
- 🟦 En las oficinas de asistencia en materia de registros: Directorio de oficinas de Registro.
- 🟦 Para finalizar, en la página de la Seguridad Social, sin tener certificado digital o clave. El sistema de identificación se hace a través de una fotografía (del DNI y de su titular) y está disponible en este enlace.
Deberás rellenar este documento y entregarlo por alguna de las vías anteriormente mencionadas, expresa tu desconformidad formulando la reclamación pertinente en el apartado “Formuló” (incluye toda la información que puedas) obtén los datos de tu expediente para rellenar la dirección provincial a la que llegará y solicita los atrasos o pagos retroactivos de tu ingreso mínimo vital en “Solicito” que es en el apartado que deberás especificar que reclamas.
NO OLVIDE PEDIR COPIA O EXTRACTO UNA VEZ PRESENTADA
↔️🟩Además, puedes acudir al defensor del Pueblo donde podrán ayudarle con las reclamaciones que usted quiera hacer de manera gratuita.

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