Después de una larga espera de actualizaciones del Ingreso Mínimo Vital muchas personas se preguntan si deberán abonar los cobros indebidos, décimos cobros indebidos por que así lo determina el BOE en su artículo 19/Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas.

¿Debo devolver dinero si me bajaron la cuantía del Ingreso Mínimo Vital?
Mensaje de la Seguridad Social a la asociación Víctimas del Paro

Por tanto si le bajaron la cuota del ingreso mínimo vital tendría que devolver todos los ingresos indebidos hasta el momento según lo cita el BOE:

Cuando mediante resolución se acuerde la extinción o la modificación de la cuantía de la prestación como consecuencia de un cambio en las circunstancias que determinaron su cálculo y no exista derecho a la prestación o el importe a percibir sea inferior al importe percibido, los beneficiarios de la prestación vendrán obligados a reintegrar las cantidades indebidamente percibidas, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero, por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas, y en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

Articulo 19 , punto 2/ ingreso mínimo vital

Una vez tenemos claro que todo pago indebido debe ser devuelto, ahora surge la duda sobre el pago del mismo. Lo cierto es que la Seguridad Social entiende que una persona vulnerable no podría llegar a hacerse cargo del pago de ciertas cantidades directamente, por lo que establece compensar la deuda contraída mediante descuentos en la cuantía que aún se percibe del IMV, según lo establece en su punto 3 del artículo 19 por lo que se establece el ingresó mínimo vital. En el caso de una extinción de la misma, se podrían acordar pagos a plazos de la cantidad deudada.

La entidad gestora podrá acordar compensar la deuda con las mensualidades del ingreso mínimo vital hasta un determinado porcentaje máximo de cada mensualidad.

articulo 19, punto 3/ por lo que se establece el ingreso mínimo vital (BOE)

Lo cierto es que toda persona que haya recibido de más en sus cuantías del ingreso mínimo vital, deberán devolver el dinero a la Seguridad Social, de no hacerlo en periodo voluntario, deberán hacerse cargo además, de todas las demoras hasta el devengo de la misma.

( Toda la información recabada a sido recogida de el boletín oficial del estado y en su acompañamiento por una consulta a la Seguridad Social, si tiene cualquier duda de su caso en concreto, le aconsejamos consulte con la Seguridad Social )

ayudasepe.es

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¿Debo devolver dinero si me bajaron la cuantía del Ingreso Mínimo Vital?

18 pensamientos en “¿Debo devolver dinero si me bajaron la cuantía del Ingreso Mínimo Vital?

      1. Hola me llamo Dani, mi pregunta es que al mirar el desglose el imv me ha subido de 283 a491 pero pone fecha del 1/1/2021 la diferencia de dinero te la dan hasta la fecha actual o no

        1. Daniel, están actualizando las cuantías y aún las cantidades y fechas no son de fiar, verás que irán cambiando a lo largo del mes, o quizás algunas ya se estabilicen, pero hasta el próximo cierre de nóminas que es el 10, estarán cambiando.

    1. Hola, si ya lo tienes claro que seguirás contándolo y no deberás entregar nada más. Esos sí, siempre y cuando tú situación económica no cambie, de ser así podrías cobrar menos o más depende de la situación

    1. Aún, no están del todo las actualizaciones y podría cambiar nuevamente, pero de ser esa la cantidad, deberías devolver el sobrante hasta los 491 multiplicado por los 12 meses que estuviste supuestamente cobrando de más. Decir que aunque llegará cobros indebidos tienes opciones de pago, incluso lo van descontando de lo que sigues cobrando del imv

  • Buenas tardes. Acabo comprobar que de 289,58 Euros, en este mes de Noviembre se me han bajado a 28,41 Euros. Durante el año 2020 desde Junio cobraba 102,94 Euros. En el año 2021 111,37 Euros y de golpe y porrazo durante el año 2022 me subieron a 251,78 Euros y después tras la actualización a 289, 58 Euros. En este último caso hasta fui a la Seguridad Social para saber si era un error esta subida y me comentaron que hasta que no se vieran los cruces con Hacienda, no podrían decirme nada. He llegado a cobrar hasta un ingreso en Septiembre de este año 2022 de 1595, 82 Euros. Que afortunadamente visto el descontrol que hay con el IMV no me lo he gastado. Además de por decirlo así, una especie de extra en Enero 2022 de 88,20 Euros. Y ahora después de todo esto, como ya digo me lo han bajado a 28,41 Euros que supongo cobraré en este mes de Noviembre 2022. El único ingreso que desde Septiembre del 2020 era mi subsidio desempleo mayores 52 años de 430,27 Euros en aquel momento, cobrando actualmente 463,21 Euros . El cual comuniqué a la seguridad social, el cobro del mismo, en su momento y aún así me siguieron pagando. Y yo creyendo que me pertenecía.
    Mis preguntas son: ¿Al final (aún no me ha llegado la carta de la seguridad social reclamando los cobros indebidos) que es lo que me podrán solicitar que pague?. ¿Todo menos esos 28,51 Euros/Mes desde el principio). ¿Qué me pedirán sólo el año 2020 y cuando en el 2023 revisen el 2022 el siguiente y así sucesivamente?. He leído que sólo te pueden pedir 6 meses como máximo, ¿eso es verdad?.. Estos cobros indebidos, tras llegar a un acuerdo con la S.Social en la forma de pago te lo cobran con intereses?¿Cuanto tiempo máximo te permiten aplazarlo?. He leído que hay gente han llegado a un acuerdo de 40 meses. Sé que son muchas preguntas, pero es que estoy angustiada Por que no sé cómo poder abonar esto cuando llegue y sé que incluso embargan y no quisiera perder mi piso con hipoteca, faltándole 4 años por pagar y después de tanto luchar.
    Agradecería muchísimo vuestra contestación y que me dierais luz en todo esto. Muchísimas gracias anticipadas. Saludos.

    1. Hola Ángela, espero responder algunas de tus preguntas.
      Primer punto, debes entender que aunque veas ahora mismo solo 28€ de la actualización, todavía se está cruzando datos y van cambiando, no es definitivo hasta el próximo cierre de nóminas.
      ( Entender en este punto que si usted obtuvo beneficios ya sean laborales o de otro tipo de ayudas, estas son las que hacen que este año cuando te actualicen cobres de menos)
      El punto para pagar los cobros indebidos, los suelen descontar de las cuotas siguientes de lo que te quede de imv o bien acordando con ellos un plan de pagos en el caso de que este quedará estingido en su totalidad. Así que por eso no te preocupes por que en caso de tener que devolver tendrías una facilidad de pago a plazos siempre dentro de tus posibilidades.
      En cuanto a tu angustia en el caso de tener que devolver, no te preocupes ya como puedes comprobar y en el caso de que fuese definitivo los 28€, tendrías que abonar unos 200€ por encima más o menos x 12 meses que cobraste de más lo que harían unos 2400€ más o menos. Esto nunca es constitutivo de un embargo de vivienda, nunca en la vida embargan un bien como una vivienda por esa cantidad. Además como digo siempre tendrás la posibilidad de pagarlo a plazos.
      ( Recuerda que los 28€ que aparecen no son definitivos, están cruzando datos aún)

      Espero aver resuelto algo, ya que entiendo tu nerviosismo y espero haber entendido bien tus consultas.

      Repito una vez más que las nóminas se cierran a final del día del 10 de noviembre y seguramente en estos días haya muchos cambios nuevamente y puedas ver quizas que tú cuantía vuelva a cambiar
      Todos los años ocurre lo mismo. Un saludo Ángela

      1. Muchas gracias por contestarme. Eso lo primero, después… Lo que Ud me ha explicado, quiere decir, ¿Qué sólo me pedirán un año. O desde el año 2020 que empecé a cobrarlo?..Es que eso de los 200 euros por 12 meses no lo entendí.
        No sé si sólo han revisado el 2020 en el 2022 y después en el 2023 revisaran lo del 2021 y así sucesivamente.
        Por lo demás, me deja más tranquila saber que podré aplazarlo según mi situación económica y no existe embargo..
        Gracias de nuevo, saludos.

  • Estoy cobrando IMV y tiengo que volver 1770€ pero yo no mi ha llegado la carta, midejeron q mi han mandado la carta en mayo.y aura el mes pasado mi han engrisado solo unos 183€ no si si están descontando los de 1770€ que tiengo que volver y después mi van a engrisar el préstamo que antes o no…no hay cita para her a la gestora de la seguridad social nosi que hacer

    1. Normalmente, si sigues cobrando el IMV DSP del dictamen de devolución, se lo van cobrando de las mensualidades del IMV
      Si te las están cobrando ya o no, es dificil de saber sin una carta que lo exponga. Y claramente cuando termines de abonar la cantidad adeudada, volverás a cobrar la cantidad en tu cuantia

    1. Hola Carmen, en caso de tener que devolver, deberás abonar el dinero completo de la deuda, pero eso sí, te ofreceran abonarlo en mensualidades que dependerá de cual grande sea esa deuda.

  • Hola,de golpe y porrazo,me dicen que tengo que devolver de la ayuda minimo vital la cantidad de 2883 euros,donde me venían ingresando 293 euros,por mi y mi hija,y de pronto al siguiente mes,ya no me ingresan nada ,eso quiere decir que la he perdido?,esta retenida?,están descontando?gracias

    1. Es difícil de responder a tu pregunta por qué desconozco los detalles. Pero lo que tienes que devolver, suelen cobrarselo de las siguiente cuotas del IMV que sigues cobrando. De no ser así tendrás que llegar a a un plan de pagos con ellos. Entra en tu certificado de prestaciónes y mira si sigue dada de alta

  • Hola me ha llegado una carta de cobro indebido y son casi 6000 euros no los tengo y me suspendieron el IMV que puedo hacer. No dan citas primero me dicen que me lo van a descontar cada mes de imv y luego me lo retiran y tengo cobros indebidos no tengo esa cantidad de dinero para pagar y menos mensual. Estoy desesperada me dañaron mi uréter en una cirugía 😩 lo poco que hay en casa no da para pagar más cosas.

    1. Lorena, al no tener cuota del IMV, debes llegar a un acuerdo de pago con la seguridad social para pagarlo de forma mensual. Este dinero tendrás que pagarlo de una forma o otra🙁. Así que cuando puedas deberás acordar con ellos una forma de pago a plazos dentro de tus posibilidades

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