El gobierno perdonará cualquier cuantía del ingreso mínimo vital indebidamente percibida que no superaré el 65% de la cuantía mensual de las pensiones no contributivas y la unidad de convivencia deberá tener, al menos, un menor de edad. Esta nueva medida permitirá un alivio en las familias más desfavorables que se vean afectadas por alguna devolución a la seguridad social de un cobro indebido del IMV.

La seguridad social perdonará las deudas del IMV de ingresos indebidamente percibidos
La seguridad social perdonará las deudas del IMV de ingresos indebidamente percibidos

Por otra parte, en atención al contexto en la que se adopta este real decreto-ley, la
situación de vulnerabilidad de las personas beneficiarias de la prestación del ingreso
mínimo vital, especialmente de las unidades familiares con menores, requiere de la
adopción de medidas con la mayor urgencia posible para evitar el daño derivado del
reintegro inmediato de cantidades indebidamente percibidas. Así, no serán exigibles las
cantidades que no superen el 65 por ciento de la cuantía mensual de las pensiones no
contributivas, cuando en la unidad de convivencia se integre, al menos, un beneficiario
menor de edad. En el supuesto que se regula, no hacerlo supondría que la unidad de
convivencia tenga que devolver, mediante la aplicación de descuentos sobre las
sucesivas mensualidades de la prestación de ingreso mínimo vital, o mediante las otras
modalidades reguladas en los procedimientos general y especial de reintegro de
prestaciones indebidamente percibidas, importes muy reducidos, lo que, lejos de paliar
su situación, implicaría una reducción tal de la cuantía total mensual del ingreso mínimo
que haría que la situación de especial protección se agravase, colocando al menor en
una situación de precariedad mayor que la que se pretende evitar mediante el
reconocimiento del derecho al ingreso mínimo vital.

Real Decreto Ley Núm. 311 Miércoles 28 de diciembre de 2022 Sec. I. Pág. 185833 cve: BOE-A-2022-22685

Esta medida no es retroactiva, por lo tanto los que actualmente tienen la deuda de cobros indebidos de años anteriores, deberán abonarla. Este cambio en la ley, se hace efectivo al comienzo del 2023. Al igual que los atrasos se suelen comenzar a abonar por la Seguridad Social desde el mes de abril, como años anteriores, también comienzan los reclamos de estos cobros indebidos de años anteriores, es por ello que esta gran noticia aliviará a estas personas a las que en diciembre del 2022 les bajara sus cuantías con cara al año 2023.

Para que comprendamos como funciona esta condonación de deuda si no superas el 65% de las cuantías mensuales de las pensiones no contributivas que se establece en 484,61 euros mensuales, vamos a explicar unos ejemplos:

Como bien indica el real decreto ley, no se podrá superar en deuda contraída el 65% de las cuantías mensuales de las PNC ( 65% de 484,61€ = 315€). Es decir que la cantidad que usted contraiga con la Seguridad Social por un cobro indebidamente percibido, no debe superar los 315 euros. De ser superior a esta cantidad, se descontara los 315 euros de la cifra total y el resultado se pagará de forma mensual mediante un acuerdo con la Seguridad Social que garantice una forma de pago cómoda para usted.

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