Cada vez más parejas eligen formalizar su unión mediante la figura de la pareja de hecho en lugar del matrimonio. En este artículo, destacaremos los beneficios que conlleva optar por inscribirse como pareja de hecho. Además, te explicamos detalladamente cómo puedes solicitar el reconocimiento de tu unión como pareja de hecho, así como otros aspectos importantes a considerar en este proceso.

Cada vez más parejas eligen formalizar su unión mediante la figura de la pareja de hecho en lugar del matrimonio. En este artículo, destacaremos los beneficios que conlleva optar por inscribirse como pareja de hecho. Además, te explicamos detalladamente cómo puedes solicitar el reconocimiento de tu unión como pareja de hecho, así como otros aspectos importantes a considerar en este proceso.

La pareja de hecho o unión de hecho es una forma de unión entre dos personas que difiere del matrimonio. Se trata de una relación estable en la que dos personas conviven y comparten afecto. Por ejemplo, una pareja que vive junta y/o tiene hijos, sin estar legalmente casada, puede ser considerada como pareja de hecho.

Aun así, para formalizar la unión como pareja de hecho se deben cumplir ciertos requisitos:

  • 🟩 Ser mayores de edad o menores emancipados.
  • 🟩 No estar incapacitados judicialmente.
  • 🟩 Ser residentes en el municipio o en la Comunidad Autónoma por el tiempo establecido por la normativa.
  • 🟩 No estar casados previamente.
  • 🟩 No estar inscritos en otro registro incompatible según la normativa vigente.
  • 🟩 No tener parentesco por consanguinidad o adopción según lo establecido por la ley.

¿Donde se debe ir para hacerse pareja de hecho?

La información sobre la formalización de la unión como pareja de hecho, así como sus equivalentes, es proporcionada por las Comunidades Autónomas y, en términos generales, por los Ayuntamientos. Es importante destacar que no existe una legislación a nivel estatal específica para las parejas de hecho.

Para iniciar el proceso, las parejas interesadas deben dirigirse a la Comunidad Autónoma en la que residen o al Ayuntamiento donde estén empadronadas. Es posible que en algunos municipios no haya un Registro de Uniones de Hecho, en cuyo caso deberán dirigirse exclusivamente a la Comunidad Autónoma de residencia.

En líneas generales, los Registros de Uniones de Hecho tanto autonómicos como locales son compatibles. Esto significa que una pareja puede estar inscrita simultáneamente en un registro autonómico y en uno local, siempre y cuando el municipio pertenezca a esa misma Comunidad Autónoma. No es posible estar registrados en dos registros autonómicos diferentes, ni en dos registros municipales diferentes.

Es importante tener en cuenta que los derechos adquiridos pueden variar dependiendo del registro en el que se realice la inscripción. Algunas normativas otorgan efectos a cualquier inscripción en cualquier registro, como por ejemplo las normas de la Seguridad Social. Sin embargo, también pueden existir normativas autonómicas o locales que atribuyan efectos exclusivamente a la inscripción en el Registro de la Comunidad Autónoma o en el del Ayuntamiento, respectivamente.

¿Cómo inscribirse como pareja de hecho?

Como mencionamos anteriormente, son los ayuntamientos y, en su ausencia, las comunidades autónomas las encargadas de administrar este procedimiento. La inscripción se efectuará a través de una solicitud conjunta presentada por ambos miembros de la unión.

Es necesario que ambos miembros acudan personalmente al Registro de Uniones de Hecho, donde serán identificados mediante su documento nacional de identidad u otro documento equivalente.

Es importante tener en cuenta que cada comunidad autónoma puede tener una regulación específica en cuanto a las parejas de hecho. Por lo tanto, proporcionaremos los enlaces directos a las páginas web de cada comunidad autónoma para obtener información más detallada según la zona:

  1. Andalucía: Información sobre uniones en Andalucía
  2. Aragón: Información sobre uniones en Aragón
  3. Asturias: Información sobre uniones en Asturias
  4. Cantabria: Información sobre uniones en Cantabria
  5. Cataluña: Información sobre uniones en Cataluña
  6. Comunidad Valenciana: Información sobre uniones en la Comunidad Valenciana
  7. Extremadura: Información sobre uniones en Extremadura
  8. Galicia: Información sobre uniones en Galicia
  9. Islas Baleares: Información sobre uniones en las Islas Baleares
  10. Islas Canarias: Información sobre uniones en las Islas Canarias
  11. La Rioja: Información sobre uniones en La Rioja
  12. Madrid: Información sobre uniones en Madrid
  13. Murcia: Información sobre uniones en Murcia
  14. Navarra: Información sobre uniones en Navarra
  15. País Vasco: Información sobre uniones en el País Vasco
  16. Ceuta: Información sobre uniones en Ceuta
  17. Melilla: Información sobre uniones en Melilla
  18. Castilla la Mancha: información sobre uniones en Castilla la Mancha
  19. Castilla y León: información sobre uniones en Castilla y León

Inscribirse como pareja de hecho online

Como regla general, tanto las comunidades autónomas como los ayuntamientos suelen requerir la presencia física de la pareja para formalizar la unión. Sin embargo, en algunas comunidades autónomas se permite la solicitud en línea mediante un proceso sencillo. Te invitamos a visitar el enlace correspondiente a tu comunidad autónoma para verificar si se ofrece la opción de solicitud telemática.

Por favor, consulta el enlace proporcionado anteriormente para obtener más detalles sobre el procedimiento de solicitud en tu comunidad autónoma.

¿Para qué sirve la unión de pareja o pareja de hecho?

Cuando una pareja decide no inscribir su unión en el Registro correspondiente, no adquirirá determinados derechos y garantías ni gozará de oficialidad. Es por ello que en determinados momentos es importante barajar la opción de consolidar la unión de la pareja registrandola como unión de hecho.


🟩 En resumen, los principales derechos que una pareja de hecho son:

  1. Efectos fiscales: No pueden tributar conjuntamente en la declaración de la renta, pero uno de los miembros, junto con sus hijos, si los hay, puede formar una unidad y tributar conjuntamente, excluyendo al otro miembro que debe tributar individualmente.
  2. Pensión de viudedad: Se requiere un periodo de convivencia de cinco años antes de la defunción y dos años registrados como pareja de hecho para acceder a este derecho. Sin registro, la pareja no cumple los requisitos para recibir la pensión.
  3. Derechos sucesorios: En algunas regiones, como la Comunidad Valenciana, equiparan al conviviente sobreviviente con el cónyuge si la pareja está registrada. Sin registro, la pareja no tiene derechos sucesorios.
  4. Arrendamientos: En caso de fallecimiento del titular del contrato de arrendamiento, el otro miembro puede subrogarse si acreditan dos años de convivencia con registro, o simplemente convivencia en caso de descendencia en común. Sin registro, no pueden acreditar los dos años de convivencia exigidos.

Dar de baja una unión como pareja de hecho

En algunos casos, al igual que en el matrimonio, una pareja de hecho puede decidir disolver su registro de unión. Simplemente dejar de verse no es suficiente; se debe llevar a cabo un procedimiento de separación. Cualquiera de los miembros de la unión puede solicitar individualmente la cancelación del registro. Para hacerlo, es necesario dirigirse a la Comunidad Autónoma o al ayuntamiento donde se realizó el registro de la unión.

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