🟩 La Guardia Civil y Policía Nacional podrían acogerse a las mejoras de jubilación anticipada para profesiones de riesgo.

🟩 Marlaska incluirá a la Guardia Civil y Policía Nacional como profesiones de riesgo.

🟩 La Policía Nacional y la Guardia Civil son los únicos cuerpos policiales cuya labor no está reconocida como profesión de riesgo, por lo que no cuentan con las mismas condiciones que el resto de cuerpos y fuerzas de seguridad

La Guardia Civil y la Policía podrían jubilarse a los 52 años con las mejoras de la jubilación anticipada

Grande-Marlaska anuncia la creación de un grupo de trabajo para incluir a la Guardia Civil y a los policías como profesionales de riesgo. Y es que, aunque parezca mentira, estos dos cuerpos de seguridad del Estado no están contemplados en el catálogo de profesiones de riesgo actualmente. De hecho, para poder solicitar la jubilación anticipada por profesión de riesgo, solo se contemplan los cuerpos de la Ertzaintza y los policías locales.

¿Qué es la jubilación anticipada por profesión de riesgo?

Es la condición por la que un profesional puede solicitar la jubilación rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca.

En este caso como explicábamos al comienzo del artículo, la Guarida civil y Policía Nacional no se contemplan en estas rebajas para la jubilación y esto podría cambiar de manera urgente. Algo que desde la asociación JUSAPOL y el sindicato JUPOL llevan denunciando durante varias jornadas.

Esta decisión podría incluirse en el próximo borrador de la Seguridad Social donde la ministra Elma Saiz junto a los agentes sociales estudian que profesiones de riesgo serán las que gocen de la anticipación de la jubilación por profesión de riesgo.

Si se aplica esta nueva medida sobre los cuerpos y fuerzas de seguridad como la “Guardia Civil y Policía Nacional” probablemente se les aplicará la misma condición de las que disfrutan los Policías Locales hasta el momento, que se recoge en la Seguridad Social en su apartado Jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional.

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