Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica las bases reguladoras que establecen las condiciones para acogerse a la “cuota cero” y las normas para las ayudas al inicio de la actividad para autónomos. Desde el día 3 de julio de 2023, se establecen las condiciones para acogerse, por un lado, a la cuota cero, una ayuda que financiará la cuota de la Seguridad Social a los nuevos autónomos que estén acogidos a la tarifa plana estatal, y por otro lado, las condiciones para las ayudas al inicio de actividad para autónomos, un incentivo que puede alcanzar los 5.500 euros
Tendrán prioridad los jóvenes y mujeres a la hora de acogerse a estas ayudas por parte de la Junta de Andalucía. Según las bases expuestas en el Boja, la primera línea donde se encuentra la Cuota Cero, podrá solicitarse desde comienzos del 2024, pero tendrán efectos retroactivos con caracter del 1 de enero de 2023 para aquellos que ya cumplieran con las condiciones expuestas. Además, esta ayuda se prolongará además un segundo año para aquellos que no lleguen a ingresar el Salario Mínimo Interprofesional; para autónomas que tras la maternidad vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los dos años siguientes al cese, a contar desde la fecha de la reincorporación; y para autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o de terrorismo.
Gracias a la nueva línea de ayudas para subvencionar la cuota de Autónomos y la ayuda para nuevos emprendedores de hasta 5500 euros. Andalucía dará un respiro a estos colectivos tan ahogados por los altos costes a la hora de iniciar una actividad profesional por cuenta propia.
Requisitos para optar a la Cuota Cero en Andalucia
Las personas beneficiarias de las subvenciones reguladas en la línea 1 deberán
cumplir, con carácter general, los siguientes requisitos:
🟩Estar dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, como personas trabajadoras por cuenta
propia, en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de
los Trabajadores del Mar, a la fecha de presentación de la solicitud.
🟩Desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía, con carácter previo
a dictarse la resolución de concesión.
Bases reguladoras de la línea 1 y línea 2 completas: Documento extraído del “BOJA” (Junta de Andalucía)
Inicio de Actividad
La segunda línea, relativa a inicio de actividad, está destinada a quienes hayan comenzado una actividad y mantengan de forma ininterrumpida la condición de autónomo durante doce meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud. Está previsto que esta ayuda pueda solicitarse antes de que termine el mes de julio.
Las cuantías para esta nueva ayuda: oscilarán desde los 3.800 euros a los 5.500 euros, según el colectivo solicitante. De este modo, para autónomas menores de 35 años, la subvención será de 5.000 euros, y para mayores de 35 años o más, 3.800 euros. En el caso de los hombres, los autónomos menores de 30 años recibirán 5.000 euros y de 30 años o más, 3.800 euros. Además, en el caso de que estos beneficiarios desarrollen su actividad en un municipio de menos de 10.000 habitantes, la cuantía de la subvención se incrementará hasta los 5.500 euros para mujeres menores de 35 años y hombres menores de 30, y hasta los 5.000 euros en los otros dos supuestos.
Requisitos:
Para la línea de inicio de actividad, los autónomos que quieran solicitarla, además de estar dado de alta en el RETA a la fecha de presentación de la solicitud, desarrollar su actividad en Andalucía y ser beneficiario de la tarifa plana estatal, deberán contar con un plan de viabilidad de la actividad proyectada a la fecha de presentación de la solicitud.
Solicitar ayuda de 5500 euros para autónomos en Andalucía
Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que se publicarán en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria, y que estarán
disponibles en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía,
a la que se podrá acceder a través del catálogo de procedimientos y servicios disponible
en https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos.html
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