La Agencia Tributaria recuerda a todos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que para el año 2024 están obligados a realizar la declaración de la renta correspondiente al año 2023. Esta obligación se aplica a todos los beneficiarios del IMV, quienes deben cumplir con sus responsabilidades fiscales presentando su declaración de la renta dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente.
Es importante que los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) realicen la declaración de la renta para poder seguir manteniendo su prestación, ya que de no hacerlo, la Agencia Tributaria no podrá tomar como referencia la renta del año 2023 para la próxima actualización a finales de este año. Por esta razón, si no se presenta la declaración de la renta, se perderá el derecho a la prestación. La falta de información actualizada dificulta el proceso de verificación de datos entre la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, lo que resultará en la suspensión o cancelación del IMV para aquellos que no cumplan con este requisito fiscal. Por lo tanto, es fundamental cumplir con la obligación de presentar la declaración de la renta para garantizar la continuidad de la prestación del IMV.
¿Todos los integrantes de la unidad de convivencia están obligados a presentarla?
Si, tanto el titular del Ingreso Mínimo Vital como todas las personas integrantes de la unidad de convivencia (menores o no) están obligadas a presentar declaración de IRPF.
Fechas de campaña de Renta y Patrimonio
Les recordamos las fechas para confeccionar su declaración de Renta y Patrimonio 2023:
- 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.
- 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
- 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).
Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierte previamente cita, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Mensaje SMS: Para mantener el IMV presente la declaración de la renta ¿Qué debo hacer?
🟩 Este es el mensaje (SMS)
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