En este artículo responderemos a su pregunta sobre si la pensión de alimentos computa como ingresos a la hora de recibir el Ingreso mínimo vital.
El Ingreso Mínimo Vital se erige como un pilar fundamental para apoyar a aquellos que se encuentran en situaciones económicas precarias. Sin embargo, surge una pregunta que toca de cerca a numerosas familias: ¿la pensión de alimentos forma parte del cálculo del Ingreso Mínimo Vital? Esta interrogante adquiere relevancia en el marco de las políticas sociales, ya que la pensión de alimentación desempeña un papel esencial en la estabilidad financiera de muchos hogares. A continuación te explicamos lo que dice la seguridad social sobre este asunto respondiendo a tu pregunta.
¿La pensión de alimentos cuenta como ingreso para el IMV?
Sí, la pensión de alimentos cuenta como un ingreso más a la unidad de convivencia, es por ello que computará como un ingreso más a la hora de valorar la cuantía del Ingreso mínimo vital. Precisamente y ante la duda de esta pregunta por parte de muchos perceptores o posibles perceptores, la Seguridad Social comunicó en la red social “X” antiguo Twitter un comunicado para resolver esta duda:
#Duda ¿Se tiene en cuenta la pensión por alimentos como ingresos para el IMV?
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) January 14, 2021
👉Sí, uno de los requisitos para acceder a esta prestación es la vulnerabilidad económica y para determinarla se tienen en cuenta todos los ingresos, con la salvedad de las rentas básicas autonómicas.
De igual forma, también se expresa en artículo 20 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital. Que la persona que abona la pensión de alimento si tendrá exentos de cómputo esos ingresos que tiene que abonar a sus hijos.
¿Y si no me paga la pensión de alimentación?
Adjuntar Documentación Relevante al Solicitar el Ingreso Mínimo Vital
En el proceso de solicitud del Ingreso Mínimo Vital (IMV), es crucial presentar documentación completa y precisa que respalde la situación financiera del solicitante. En casos específicos relacionados con el impago de pensiones de alimentos, resulta esencial adjuntar tanto la sentencia judicial a favor como la denuncia por el incumplimiento de la obligación alimentaria.
¿Cómo respaldar la solicitud?
Al momento de presentar la solicitud para el IMV, se recomienda adjuntar la sentencia judicial que respalde la percepción de la pensión de alimentación. A su vez, incluir una denuncia por el impago de la pensión, respaldada por documentación adicional, proporciona una visión más completa de la situación legal y financiera.
¿Qué documentación es válida?
Inicialmente, un justificante de la denuncia y un testimonio del abogado que lleva el caso pueden servir como elementos probatorios. Esta documentación no solo demuestra la existencia de un proceso legal en curso, sino que también subraya la persistencia del impago.
¿Por qué actualizar la solicitud?
Cuando el impago de las pensiones de alimentos persiste, es fundamental actualizar la solicitud cada vez que se presente una denuncia. Esto permite informar a la administración sobre la continuidad del problema, evitando así que se compute como ingreso el pago que no ha sido recibido.
En resumen, la correcta presentación de la documentación pertinente es esencial para evitar que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) considere ingresos que no han sido percibidos como tales. Este proceso se convierte en una herramienta clave para garantizar que el beneficiario del IMV reciba el importe máximo correspondiente, acorde a su situación específica.
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