☑️ Cataluña abrirá su proceso de convocatoria el día 08/06/2022 para solicitar el Bono Joven Alquiler para menores de 35 años.

Cataluña abre la convocatoria para solicitar el Bono Joven alquiler

El responsable de la gestión de esta ayuda para el alquiler joven es la Agencia de la vivienda de Cataluña, donde desde el día 8 de junio del 2022 ya será posible realizar la solicitud para el Bono Joven alquiler.

Recordamos que este bono joven alquiler va dirigido a personas menores de 35 años y cuyos ingresos no superen 2,83 veces el IRSC, si los ingresos corresponden al ejercicio fiscal del año 2020; iguales o inferiores a 2,97 veces el IRSC. Consta de una duración de dos años y 250 euros mensuales.

Además es un requisito esencial tener ingresos regulares que se puedan demostrar y tener la residencia legal en Cataluña además que la vivienda o habitación arrendada o cedida constituya la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o cesionaria durante todo el período por el que se conceda la ayuda.

Para conocer todos los requisitos y documentación que deberá aportar para la solicitud, le derivamos a su responsable de gestión, donde podrás consultar toda la información al completo (conocer todos los requisitos)

Cómo solicitar el Bono Joven alquiler en Cataluña

Para solicitar el Bono Joven Alquiler en Cataluña, puedes hacerlo de dos formas diferentes, tanto de forma presencial, cómo de forma telemática.

La solicitud comienza en Cataluña el día 8 de Junio del 2022 y podrás presentar el modelo de forma telemática desde este enlace (SOLICITAR BONO JOVEN ALQUILER)

Recuerde que para realizar el trámite telemáticamente es necesario tener la identificación digital.

Presentar el Bono Joven alquiler de forma presencial:

  • En las  Bolsas de mediación para el alquiler social  o en las  Oficinas locales de vivienda , que colaboran mediante convenio con la Agencia de la Vivienda de Cataluña.
  • En la sede de la entidad titular o administradora de la vivienda, en los casos de inquilinos de viviendas administradas por administraciones, empresas públicas o entidades sin ánimo de lucro.
  • En los puntos que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y por los que establece el artículo 25 de la Ley 26/2010, del 3 d agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Que tiempo tardan en resolver las solicitudes del bono joven alquiler:

Las administraciones tienen un plazo máximo de 6 meses desde la solicitud para dar un resultado favorable en la ayuda para el alquiler, de no responder en un plazo máximo de 6 meses, se considera silencio administrativo y por tanto queda automáticamente desestimada.

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