🟩 El motivo de denegación debe ser revisado, ya que muchas cartas contienen errores y en la mayoría de los casos finalmente el posible perceptor termina recibiendo la ayuda de 200 euros tras alegar, debido a que los datos de la Agencia Tributaria para la denegación no eran ciertos.

La mayoría de denegaciones de la ayuda de 200 euros de la agencia tributaria contienen errores y podrán cobrar

El mes de octubre ha sido el mes de las denegaciones de la ayuda de 200 euros que tanto tiempo llevan esperando muchos posibles beneficiarios. Lo cierto es que en la mayoría de las ocasiones se está detectando posibles fallos en la denegación de la misma. Es por ello que se insta a revisar la denegación por que posiblemente sí que tengas derecho a ella.

La mayoría de las cartas que los posibles beneficiarios está recibiendo, hacen referencia a superar el límite exigido para optar a la ayuda, límite que se encuentra en:

No superar 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).

Y es que desde la propia Agencia Tributaria han puesto un acceso directo para que las personas que hayan recibido la carta denegatoria por superar los límites económicos exigidos, puedan consultar sus datos fiscales para de esta forma comprobar que el motivo de superar el límite exigido sea correcto.

  • Datos fiscales Si has recibido una propuesta denegándote la Ayuda, aquí puedes consultar el detalle de tus datos fiscales.

De esta forma y desde el enlace directo a la Agencia Tributaria que le proporcionamos puede acceder a sus datos fiscales para corroborar si el motivo de la denegación por la superación del límite económico establecido es correcto, y teniendo en cuenta que de estar denegada de manera equivoca podrá interponer una alegación para su nueva revisión, y además, estas de suerte por que estas revisiones no estarían tardando más allá de un par de semanas. Por lo que si la Agencia Tributaria te da la razón, terminarás cobrando la ayuda de 200 euros en un periodo muy corto de tiempo.

Cómo puedo reclamar la ayuda de los 200 euros

El momento en el que puedes interponer una alegacion surge a partir de recibir la carta denegatoria de la Agencia Tributaria para la ayuda de los 200 euros. En ella se le informará de los motivos de denegación y del cauce para efectuar, en su caso, las alegaciones que el solicitante considere.

Si, tras la fase de alegaciones, se confirma el acuerdo de denegación, y el solicitante sigue en desacuerdo con la resolución podrá interponer: 

Recurso de Reposición, en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.

Reclamación Económico-administrativa, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.

Para interponer una alegación, podrá realizarla accediendo a la web de la Agencia Tributaria «segunda ayuda 200 euros» en el apartado Contestar requerimientos, efectuar alegaciones y/o aportar documentos o justificantes o acceda directamente desde este enlace.

Para iniciar el proceso de alegacion, debera introducir el código CSV que aparece en su carta denegatoria.

Ayudasepe.es

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