🛑Andalucía otorga hasta un 15% como aval, para cubrir hasta el 95% del valor de la primera vivienda de los jóvenes de hasta 35 años.

El programa garantía vivienda joven, articula concesión de garantías por la Junta de Andalucía a personas físicas mayores de edad hasta 35 años incluidos, con el fin de facilitar la financiación para el acceso a su primera vivienda en régimen de propiedad. El procedimiento se llevará a cabo en colaboración con las ocho entidades financieras ya adheridas al programa mediante la suscripción de los correspondientes convenios. Las garantías se concederán por un importe de hasta el 15% del precio de referencia de la vivienda, una vez la entidad bancaria haya aprobado la hipoteca del 80% de tal forma que la financiación total del coste de la vivienda pueda alcanzar hasta el 95% del mismo.
➡️ Procedimiento:
🟩 Las solicitudes serán presentadas por la Entidad Financiera Colaboradora elegida por el joven interesado.
🟩 Las personas solicitantes deben dirigirse a su entidad para aportar su documentación.
🟩 Una vez comprobada la documentación aportada, evaluados los requisitos y condiciones del solicitante, y certificado su cumplimiento será cuando dicha entidad presentará la solicitud ante la Secretaría General de Vivienda.
🟩 En dicha solicitud la persona interesada habrá autorizado previamente, a la entidad financiera colaboradora, para que la represente en el momento de presentación de la solicitud y en el resto de actuaciones que se deriven procedimiento de concesión.
Plazo de solicitud para el aval del 15% para la primera vivienda en Andalucía
- 🗓️ Las solicitudes pueden ser presentadas por el interesado desde el 14/09/23 hasta su fecha de finalización de plazo que será cuando se agote el crédito destinado.
Entidades financieras colaboradoras para acceder al aval del 15% para la primera vivienda «Andalucía»
Para poder acceder al aval del 15% para jóvenes de hasta 35 años en Andalucía, deberá seleccionar alguna de las siguientes entidades financieras para poder iniciar su solicitud. Ya que ellas son las que se han adherido al programa:
| ENTIDAD FINANCIERA | PÁGINA WEB | NÚMERO DE TELÉFONO | CORREO DE CONTACTO |
|---|---|---|---|
| Caja Rural de Granada | www.cajaruralgranada.es/es | 958242468 | centro9510@crgranada.com |
| Cajasur Banco SA | portal.cajasur.es/cs/Satellite/cajasur/es/ | 900247247 | info@cajasur.es |
| Caixabank SA | www.imagin.com/hipoteca/ayuda-jovenes-andalucia | 938872508 | 900211211 |
| Unicaja Banco SA | www.unicajabanco.es/es/particulares | 952076263 | HipotecaJovenAndalucia@unicaja.es |
| Ibercaja Banco SA | www.ibercaja.es/ | 976748866 | viviendajovenandalucia@ibercajaconnect.es |
| Caja R del Sur, SCC | www.cajaruraldelsur.es/es | 954599320 | hipotecajoven@crsur.es |
| Cajamar Caja Rural, SCC | www.cajamar.es/es/comun/ | 955696823 | viviendajovenandalucia@cajamar.com |
| Banco de Santander SA | www.bancosantander.es/particulares | 695028121 | alinunez@gruposantander.es |
🛑 Esta tabla presenta la información de contacto clave para las entidades financieras participantes en el programa de garantías de la Junta de Andalucía.
Documentación a aportar en la entidad financiera
Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos las personas adquirentes de la vivienda, deberán presentar ante la entidad financiera colaboradora los siguientes documentos:
a) Documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en territorio español.
b) Certificado o volante del padrón municipal en el que conste el empadronamiento, o en su caso solicitud, en el municipio donde se encuentra situada la vivienda a adquirir.
c) Certificado negativo catastral y nota simple del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad de las personas adquirentes de la vivienda, por el que quede constancia de que cumplen el requisito de no tener en propiedad algún inmueble destinado a vivienda, con las excepciones señaladas en el apartado 1 de la presente base.
d) Contrato de arras o preacuerdo que acredite el compromiso de compraventa del inmueble.
e) Declaración responsable por parte de la persona solicitante de la garantía en la que manifiesta su compromiso de que la vivienda se va a destinar a domicilio habitual durante al menos dos años desde la fecha de adquisición de la misma.
En el caso de tratarse de una vivienda protegida, la documentación a aportar será la autorización de la Delegación Territorial competente en materia de vivienda de la provincia donde se ubique la misma, no siendo necesario aportar la documentación enumerada en los apartados anteriores, salvo la declaración responsable requerida en el epígrafe e) del apartado 4, a los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos para la concesión de la garantía.
Y por último, un certificado anual de empadronamiento en la vivienda durante dos años desde la fecha de adquisición de la misma,que deberá presentar ante la Secretaría General de Vivienda, en los dos meses siguientes a la fecha de vencimiento de cada una de las dos primeras anualidades de la operación financiera objeto de garantía.
Requisitos para acceder al aval del 15% para la primera vivienda en Andalucía
🟦 Son beneficiarias aquellas personas mayores de edad que tengan hasta 35 años incluidos en el momento de solicitar la garantía y que adquieran su primera vivienda, sea nueva o usada, para destinarla a su domicilio habitual durante al menos dos años desde la fecha de adquisición.
🟦 Cuando haya más de una persona adquirente, todas ellas deberán cumplir los requisitos establecidos, salvo el de tener hasta 35 años incluidos en el momento de solicitar la garantía, que deberá cumplirlo al menos una de ellas.
🟦 El joven no podrá ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional, salvo excepciones, deberá estar empadronado en el municipio donde se ubique la vivienda a adquirir, deberá tener suscrito un contrato de arras o preacuerdo que acredite el compromiso de compraventa del inmueble y tener autorizado el préstamo hipotecario por su EEFF representante.
🟦 En caso de que la vivienda que se adquiera sea una vivienda protegida, la persona beneficiaria deberá cumplir también los requisitos legalmente establecidos para el acceso a la vivienda protegida y contar con la autorización correspondiente de la Delegación Territorial competente en materia de vivienda de la provincia donde se ubique la misma.
🟦 La vivienda debe estar situadas en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y podrá ser nueva o usada. El precio de referencia máximo de la vivienda y anejos en su caso, será de 295.240 euros con carácter general, pudiéndose incrementar el precio un 20% si la vivienda es eficiente energéticamente en grado A o B, hasta 354.288 euros.
🟦 En caso de sea una vivienda protegida, se deberán cumplir también los requisitos legalmente establecidos para el acceso a la vivienda protegida y contar con la autorización correspondiente de la Delegación Territorial.
🟦 El joven que adquiera el beneficio del aval, tendrá el importe del exceso sobre el 80% del precio de referencia de la vivienda habitual a adquirir, con un máximo de hasta el 95% del mismo y se otorgarán en el momento de formalización del préstamo hipotecario.

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