🟩 En este artículo, te proporcionaremos toda la información sobre qué es y cómo puedes solicitar el subsidio para mayores de 52 años

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica destinada a aquellas personas que han agotado su prestación por desempleo y cumplen con una serie de requisitos específicos. Para solicitar este subsidio, es necesario:
1.- Estar en desempleo.
Las personas trabajadoras fijas discontinuas no podrán acceder cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de marzo de 2022.
2.- Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- 🟩 Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- 🟩 Ser emigrante que ha retornado a España (debe haber trabajado en el extranjero como mínimo 12 meses en los últimos seis años, desde su última salida de España, en países no pertenecientes a la Unión Europea (UE) o al Espacio Económico Europeo (EEE)) y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo.
- 🟩 Ser liberado o liberada de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo, cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
- 🟩 Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.
- 🟩 Estar en situación legal de desempleo y no tener derecho a prestación contributiva por desempleo, habiendo cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
3.- Es necesario estar registrado como demandante de empleo durante al menos un mes después de agotar la prestación por desempleo. Esto se cuenta desde la fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior al último cobro de la prestación. Si se accede al subsidio por ser emigrante retornado, liberado de prisión, o por revisión de la incapacidad, la inscripción debe mantenerse desde la fecha de inscripción como demandante de empleo. Durante ese mes, es crucial no rechazar ninguna oferta de trabajo adecuada ni negarse a participar, salvo por causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. La inscripción debe mantenerse a lo largo de todo el periodo de percepción del subsidio.
4.- Cumplir el acuerdo de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.
5.- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Si no cumplieras este requisito en la fecha del hecho causante, podrás acceder al subsidio si lo cumples y lo acreditas dentro del plazo de un año desde entonces. En todo caso, el cumplimiento de este requisito deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
6.- Es necesario demostrar que, en la fecha del hecho causante y al solicitar el subsidio, cumples con todos los requisitos, excepto la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social española. Esto implica haber cotizado por jubilación durante 15 años, con al menos dos de estos años dentro de los últimos 15. Además, se requiere haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de tu vida laboral. Las cotizaciones realizadas en otros países se considerarán para este subsidio sólo si han sido efectuadas en países pertenecientes al Espacio Económico Europeo o con los que exista un convenio de totalización de períodos para la protección por desempleo.
¿Cómo puedo tramitar la solicitud del subsidio por desempleo para mayores de 52 años?
Tienes varias vías:
- 🟦 En la oficina de empleo de forma presencial: pidiendo cita previa.
- 🟦 Desde la Sede Electrónica del SEPE
- 🟦 Por Internet, desde la web del SEPE: a través del formulario de pre-solicitud.
¿Cuanto se cobra con el subsidio por desempleo para mayores de 52 años?
La cuantía mensual del subsidio por desempleo equivale al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Cantidad que se encuentra en 2023 en » 480,00 €» mensuales. En cuanto a las cotizaciones a la Seguridad Social por jubilación, estas serán ingresadas por la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina). La base de cotización por jubilación será el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.
El pago del subsidio se realizará en mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes siguiente al que corresponda el devengo. Este pago se efectuará, a menos que existan excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad bancaria que hayas indicado, siempre y cuando seas titular de la misma.

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