La Ayuda Complementaria al Ingreso Mínimo Vital de la Junta de Andalucía, es una ayuda económica extraordinaria dirigida a unidades familiares que, aún siendo perceptoras del Ingreso Mínimo Vital, no pueden hacer frente a sus necesidades de subsistencia a corto plazo.

Nueva ayuda complementaria al Ingreso mínimo vital de la junta de Andalucía

El complemento al Ingreso Mínimo Vital de la Junta de Andalucía, tiene el carácter de prestación condicionada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.

¿Quién puede beneficiarse de la ayuda complementaria al Ingreso mínimo vital?

Aquella persona titular de la unidad familiar que tenga concedido el Ingreso Mínimo Vital o la Ayuda para la infancia.

¿Cuáles son los requisitos?

Las unidades familiares tienen que reunir los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud:

1) Ser beneficiaria de Ingreso Mínimo Vital o Ayuda para la infancia en el ejercicio corriente, y que la cuantía concedida en concepto de Ingreso Mínimo Vital o Ayuda para la infancia sea igual o inferior al importe mensual de 115 €.

2) Ostentar vecindad administrativa en Andalucía, al menos con seis meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

3) Que ninguna de las personas integrantes de la unidad familiar se encuentre de alta en la Seguridad Social en el momento de presentación de la solicitud, ni perciba prestaciones económicas computables para el acceso a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía en el momento de presentación de la solicitud, exceptuando el Ingreso Mínimo Vital y la Ayuda para la infancia.

4) Tener una cuenta bancaria dada de alta en el Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.

5) Que haya transcurrido el periodo de 12 meses que cubre una posible concesión de esta modalidad complementaria, en su caso.

¿Qué cantidad abonará este complemento de la Junta de Andalucía?

La cuantía de la ayuda complementaria al Ingreso Mínimo Vital de la Junta de Andalucía, consiste en una ayuda extraordinaria que vendrá determinada por el resultado de la diferencia entre el importe anual del Ingreso Mínimo Vital y Ayuda para la Infancia que la persona titular tenga reconocido y el mínimo establecido para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, fijado éste en el 24% del importe anual de las pensiones no contributivas vigente.

¿Cómo se paga?

La ayuda extraordinaria concedida se abonará mediante un pago único anual

Solicitar el nuevo complemento del Ingreso mínimo vital de la Junta de Andalucía

Existen dos formas de solicitar este complemento para el IMV:

 De forma presencial:

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

(Las oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía, las oficinas de registro de la Administración General del Estado, de la Diputación Provincial, de cualquier Ayuntamiento o incluso una Oficina de Correos, en este último caso mediante carta certificada).

 Por internet:

Si se dispone de certificado digital o Cl@ve pin, la solicitud acompañada de los documentos preceptivos se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía.

Junto a su solicitud deberá presentar la siguiente documentación:

       🟩 Certificado de empadronamiento donde conste que todas las personas integrantes de la unidad familiar ostentan vecindad administrativa en Andalucía, al menos con seis meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

       🟩 Documento bancario de la persona solicitante como titular de la cuenta bancaria donde conste el código IBAN y la entidad bancaria elegida para, en su caso, la liquidación del pago de la ayuda.

Ayudasepe.es

También te puede interesar :

¿Cuándo se aplicará la reducción de la jornada laboral? Trabajo lo anuncia y avisa de novedades

La reducción de la jornada la

Bono Cultural Joven 2024 ” NUEVA EDICIÓN YA DISPONIBLE”

🟩 El proceso para solicitar

Abierto el plazo para las ayudas de 200 euros a las familias que tengan hijos en 2024

El Ayuntamiento de Santander h

Así cambia la nueva Prueba de Acceso a la Universidad “PAU”

El Gobierno integra el nuevo m

Estados del Bono Carestía: ¿Qué significan?

En este artículo, vamos a det

Cuándo se cobra el Bono Carestía

A solo unos días de comenzar

Baja por Maternidad: Pasos, Requisitos y Documentación Necesaria

La baja por maternidad es un d

El Gobierno reduce a 10 las peonadas para acceder al Subsidio agrario en 2024

🟩El BOE publica este miérc

Aprobada la Reforma del subsidio por desempleo 2024(novedades)

La ministra de Trabajo y Econo

Comienzan los primeros pagos del BONO TÉRMICO “Andalucía” en 2024

¿Qué día cobrarás el Bono

Los periodos de prácticas ya se pueden recuperar para que cuenten para la jubilación “Guía completa”

Se podrá solicitar la recuper

Mensaje SMS: Para mantener el IMV presente la declaración de la renta ¿Qué debo hacer?

🟩 Este es el mensaje (SMS)

Nueva Ayuda Complementaria al Ingreso Mínimo Vital “Junta de Andalucía”

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: Ayudasepe.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a Ionos que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
  • Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.