La Seguridad Social simplifica los trámites para el cobro de la pensión si cambias de cuenta bancaria o entidad bancaria
El pasado 1 de octubre entró en vigor el Protocolo de Variación de Cuentas Bancarias, en el ya están inscritas la mayoría de entidades bancarias. Este nuevo protocolo permite que, cuando un ciudadano desee modificar su cuenta en la seguridad social, no deban de personarse en la seguridad social para hacer el cambio, o ni aun gestionarla por Internet ya que su nueva entidad bancaria prestará el servicio de comunicación de cambio de la cuenta BANCARIA en su nombre ante la Seguridad Social.

Este paso es todo un adelanto ya que si tu entidad financiera esta acogida o inscrita a este protocolo, no deberás gestionar nada mas para poder seguir cobrando tu prestación, ingreso mínimo vital o pensión.
Sencillamente solo deberás autorizar a tu nueva entidad bancaria a que gestione el cambio de cuenta ante la seguridad social y ellos lo gestionaran por ti.
Como cambio entonces la cuenta bancaria en la seguridad social
Antes de la entrada en vigor de este nuevo servicio, si cambiabas de cuenta bancaria, tu nueva entidad debía comunicar el cambio de la cuenta bancaria a empresas y proveedores de servicios cuyos pagos tuvieras domiciliados pero no al Instituto Nacional de la Seguridad Social, por tanto si cambiabas de cuenta bancaria debías de modificarla mediante clave o certificado electrónico o personandote en la seguridad social y gestionando dicho cambio de cuenta bancaria.
Ahora y desde e la nueva entrada en vigor que presta el servicio el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) junto con las entidades bancarias, hacen que usted no deba realizar ningún cambio de la cuenta bancaria donde recibe su pensión, imv o prestación, dado que ellos serán los encargados de gestionarla, siempre y cuando usted de permiso a su entidad bancaria para que lo gestione, y si, su banco este inscrito a este nuevo protocolo.
Para tu tranquilidad, recibirás una confirmación de dicho cambio tanto por correo electrónico como por sms a tu teléfono móvil.
Este servicio es aplicable únicamente a pensiones, prestaciones familiares y el Ingreso Mínimo Vital.
Consulta con su banco o nueva entidad si dispone de este servicio adherido al nuevo protocolo de cambio de cuenta bancaria a la seguridad social.
Es importante que vea si su banco esta inscrito o participa en este protocolo antes de decidir no hacer el tramite personalmente en la seguridad social, por que de no estar inscrito no dará parte a la seguridad social del cambio de cuenta y no surgirán efectos, pudiendo retrasar los pagos del imv o pensiones y otras ayudas familiares.
Cuando cambie de banco o cambie la cuenta en la que quiere percibir la prestación, debera autorizar a la entidad bancaria para que esta notifique dicho cambio a la seguridad social más del 80% de entidades están inscritos en este nuevo protocolo.

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