La última ayuda de 200 euros de la Agencia Tributaria deberá declararse en la campaña de la renta correspondiente al año 2023, la cual se lleva a cabo en 2024. Específicamente, esta campaña iniciará el próximo 3 de abril. Por lo tanto, sí, los contribuyentes que hayan recibido esta nueva ayuda de 200 euros por parte de la Agencia Tributaria deberán incluirla en su declaración, pero únicamente aquellos beneficiarios que estén obligados a hacerlo. Esto significa que deben declararla aquellos que hayan obtenido ingresos superiores a 22.000 euros provenientes de un único pagador durante este año o si desea presentar la declaración de la renta voluntariamente aún no superando el mínimo.

La última ayuda de 200 euros de la Agencia Tributaria deberá declararse en la campaña de la renta correspondiente al año 2023, la cual se lleva a cabo en 2024. Específicamente, esta campaña iniciará el próximo 3 de abril. Por lo tanto, sí, los contribuyentes que hayan recibido esta nueva ayuda de 200 euros por parte de la Agencia Tributaria deberán incluirla en su declaración, pero únicamente aquellos beneficiarios que estén obligados a hacerlo. Esto significa que deben declararla aquellos que hayan obtenido ingresos superiores a 22.000 euros provenientes de un único pagador durante este año o si desea presentar la declaración de la renta aún no superando el mínimo.

Esta ayuda, que se trata de un pago único mediante transferencia bancaria, está dirigida a personas que hayan trabajado o hayan cobrado prestación o subsidio por desempleo que residan en hogares con ingresos inferiores a 27.000 euros anuales

¿Cómo hay que declarar la ayuda de 200 euros en la renta de 2023?

En primer lugar, la ayuda de 200 no tiene retención de IRPF, es decir, se cobrará de forma íntegra. Pero sí tributa, como explican desde la Agencia Tributaria a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como una ganancia patrimonial que debe integrarse en la Base Imponible General del impuesto.

¿La ayuda de 200 euros tributa en IRPF?

Cómo incluyo la nueva ayuda de 200 euros de la Agencia Tributaria en el borrador de la Renta

La declaración de esta ayuda se debe efectuar en el epígrafe F1 (Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales) en la casilla [0356]. Aunque también puede ser que la propia Agencia Tributaria la incluya de oficio, de no ser así deberá ser incluida manualmente.

La Agencia Tributaria igualmente dispone de una atención telefónica para ayudar al contribuyente: Cualquier tipo de duda referente a la información tributaria básica

91 554 87 70 y 901 335 533

ayudasepe.es

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