Desde el 1 de junio del 2022 la Generalitat de Valencia ha abierto la convocatoria del bono joven alquiler 2022. Por lo que ya es posible solicitar dicho bono en la comunidad autónoma de Valencia.

Solicitar bono joven alquiler en Valencia
Solicitar Bono Joven alquiler 2022 en Valencia

Así pués si eres menor de 35 años y cuentas con los requisitos, no dudes en solicitarla.

Solicitar Bono Joven Alquiler en Valencia

Para solicitar el Bono Joven Alquiler para menores de 35 años deberás contar con los siguientes requisitos:

Tener menos de 35 años, incluida la edad de 35 años, en el momento de solicitar la ayuda.

Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación.

Ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de persona arrendataria, un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos o, en calidad de persona cesionaria, de un contrato de cesión de uso. En el caso de alquiler de habitación no es exigible que la formalización sea en los términos de la Ley 29/1994, si bien no se admitirá contratos de subarriendo de habitación. El contrato de alquiler o uso de habitación deberá tener una duración mínima de 1 año.
En caso de no disponerse de contrato de arrendamiento o de cesión de uso de vivienda o habitación, la persona solicitante deberá cumplimentar junto a su solicitud formulario conteniendo declaración responsable relativa a la obligación de aportar el contrato correspondiente en el plazo establecido en la base decimotercera.

La vivienda o habitación arrendada o cedida deberá constituir la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o cesionaria que solicita la ayuda, lo que deberá acreditarse mediante certificado o volante de empadronamiento en el que consten, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual y permanente en la vivienda objeto de arrendamiento o cesión o en la que se ubique la habitación objeto de arrendamiento o cesión.
La vivienda o habitación deberá constituir el domicilio habitual y permanente de la persona beneficiaria durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda.

El alquiler o la cesión de la vivienda debe ser igual o menor de los importes que se establecen a continuación:

Alquiler o cesión vivienda
Zona ATPMS A-1: Valencia Importe anual: 9.240 Euros Importe mensual: 770 Euros
Zona ATPMS A-2: Alicante y Castellón de la Plana Importe anual: 8.160 Euros Importe mensual: 680 Euros Zona ATPMS B: Importe anual: 7.200 Euros Importe mensual: 600 Euros
Zona ATPMS C-1 Y C-2 Importe anual: 6.600 Euros Importe mensual: 550 Euros
Zona ATPMS A Importe anual: 5.040 Euros Importe mensual: 420 Euros

Alquiler o cesión habitación

Zona ATPMS A-1: Valencia Importe anual: 3.600 Euros Importe mensual: 300 Euros
Zona ATPMS A-2: Alicante y Castellón de la Plana Importe anual: 3.600 Euros Importe mensual: 300 Euros Zona ATPMS B: Importe anual: 3.600 Euros Importe mensual: 300 Euros
Zona ATPMS C-1 Y C-2: Importe anual: 2.400 Euros Importe mensual: 200 Euros
Zona ATPMS A: Importe anual: 2.100 Euros Importe mensual: 175 Euros.

Disponer al menos de una fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales, incluidos los de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o a arrendar o ceder, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o cesión, iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

Tener rentas iguales o inferiores a 4 veces el IPREM cuando convivan 2 jóvenes y 5 veces cuando convivan 3 o más jóvenes.
Considerando, además, que la renta individual anual de cada una de las personas que integran la unidad de convivencia será, en todo caso, igual o inferior a 3 veces el IPREM.

Que en ningún caso y en ninguna mensualidad, la suma de las ayudas recibidas por las personas jóvenes que convivan en la vivienda supere el importe de la renta arrendaticia o precio de cesión.

Ahora que ya tenemos claro si superamos los requisitos para acceder a la ayuda joven para el alquiler en la comunidad Valenciana, procedemos a explicar los pasos para solicitarla.

¿Como se solicita el bono joven alquiler en la comunidad Valenciana?

www.GVA.es

Para proceder a la solicitud deberás obtener antes que nada, tú certificado electrónico o Cl@ve y acceder a Tramitar solicitud 👈

Si no se dispone de certificado digital, la persona interesada deberá cumplimentar electrónicamente el formulario de solicitud del Bono Alquiler Joven “Tramitar telemáticamente” y se imprimirá el justificante.
Este JUSTIFICANTE constituirá el impreso de solicitud y deberá presentarse debidamente FIRMADO y LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN ESTAS BASES EN alguno de los REGISTROS contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, preferiblemente, en el de las sedes de los servicios territoriales de Vivienda y Arquitectura bioclimática sitos en Alicante (Avda. De Aguilera, 1, entreplanta) Castellón (Avda del Mar, 16) y Valencia (Gregorio Gea, 27).

El plazo de solicitud queda abierto desde el 1 de junio del 2022 hasta el 31 de octubre del 2022 a las 14:00h.

Los plazos para resolver las solicitudes por las administraciones van hasta los 6 meses y pasados este tiempo se considera silencio administrativo. La ayuda joven para el alquiler para menores de 35 años, consta de 250 euros al mes con una duración de 2 años.

Para más información sobre requisitos, documentación y tramitación, le aconsejamos visitar la web de www.GVA.es

ayudasepe.es

Ya puedes solicitar el Bono Joven Alquiler en Valencia SOLICITAR AHORA

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